NORMAS Y DIRECTIVAS


ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2018
El principal mensaje de la norma está referido a la política curricular para el año 2018. En ella se destacan los siguientes aspectos:

1. El año escolar se inicia el 12 de marzo. Las Ugel podrán definir una fecha diferente de acuerdo a las características e informar antes de fines de enero sobre esa decisión. Las instituciones educativas privadas definen su fecha de inicio pero su programación deberá respetar el mínimo de horas que deben cumplirse durante el año escolar.
2. El período de vacaciones de medio año es entre el 30 de julio y 12 de agosto. Durante el mismo se deben desarrollar actividades de reflexión y capacitación de los actores educativos. Por lo tanto, no es totalmente un período de vacaciones para los docentes.
3. En la programación curricular y del plan operativo se incluirá la participación de la institución educativa en actividades conmemorativas institucionales y de la localidad, las que deben contribuir a la mejora de los aprendizajes o al logro de los objetivos del centro.
4. De acuerdo a la norma, se aplicará el Diseño Curricular Nacional 2009 (Modificatoria R. M. N° 199-2015-Minedu).
5. La norma identifica cuatro instrumentos de gestión para las instituciones educativas urbanas. 

Se han definido cinco compromisos de gestión y 24 indicadores de medición de sus logros.
Quizá pudo hacerse un esfuerzo de reducción del número de indicadores.
 El criterio de su establecimiento debería ser su contribución a los resultados educativos. 
Si hubiera sido asi, los indicadores de Tutoría podrían haber disminuido.
De otro lado, serña conveniente que el Ministerio de Educación aclare la finalidad de informar sobre el cumplimiento de esos compromisos en el Informe de Gestión. 
La pregunta a la que debe responderse es: ¿para qué le servirá la información que las instituciones educativas remitan a las UGEL?
En lo que va de la práctica de esos compromisos de gestión los centros educativos informan pero no se conoce de balances que las Ugeles, DRE y Ministerio de Educación hayan hecho sobre el cumplimiento de los mencionados compromisos.

Se ratifica que la edad de matricula para los niños de educación inicial y primer grado de primaria debe acreditar el nacimiento del estudiante hasta el 31 de marzo.

DIRECTIVA Nª 019 PREVENCIÓN, PROTECCIÓN, VIOLENCIA DEL ESTUDIANTE.

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